El 15 de diciembre concluyó el año legislativo y
hasta el último día de febrero sólo se podría convocar, de ser
necesario, a Sesiones Extraordinarias por razones de gravedad.
La Constitución de la Ciudad en su artículo 74 determina que la
Legislatura sesiona en forma ordinaria entre el 1º de marzo y el 15
de diciembre de cada año. En ese lapso podrá convocarse a sesión
sólo por razones de gravedad o urgencia. Y esa convocatoria deberá
ser realizada por el Jefe de Gobierno, por el Presidente de la
Legislatura o a solicitud de un tercio de sus miembros.
El Reglamento Interno establece en el artículo 68º los casos para
ese tipo de convocatoria con temario determinado. Tanto para
Sesiones Extraordinarias (en período extraordinario) como para
Especiales (en período ordinario) la Legislatura puede ser convocada
a solicitud de un tercio del total de sus integrantes, es decir 20
diputadas/os; o por el titular del Poder Ejecutivo cuando hubiere
razones de gravedad y urgencia o por la Presidencia del Cuerpo
parlamentario cuando hubiere razones de gravedad.
Además, el artículo 68º señala que la Sesiones Extraordinaria
también pueden ser solicitadas por la Junta de Ética, Acuerdos y
Organismos de Control a los efectos previstos en el artículo 54º,
esto es por incumplimiento en la presentación de la Declaración
Jurada Patrimonial de un legislador/a que puede llegar hasta la
exclusión del Cuerpo, por constituir inconducta grave de conformidad
a lo dispuesto en el artículo 79º de la Constitución local.
La normativa interna señala también que en caso de recepción de un
Decreto de Necesidad y Urgencia -DNU- durante el receso, la
convocatoria debe efectuarse por cualquiera de las modalidades
establecidas, dentro de los diez días corridos de su recepción.
El XVII Período de Sesiones Ordinarias será inaugurado con un
mensaje del Jefe de Gobierno, Ing. Mauricio Macri, que dará en el
Recinto del Palacio Legislativo el sábado 1 de marzo de 2014.