La ola de calor de fines del 2013 con
cortes de energía y falta de agua potable en muchos
edificios, sumada a las inundaciones de principios del mismo
año, pusieron a los porteños en un estado de emergencia por
los efectos concretos y visibles del cambio climático en la
ciudad. La reacción vecinal frente a estos hechos motivó que
SALCES propusiera al Movimiento Comunero convocar a los
Consejos Comunales para enfrentar la crisis; convocatoria
que se realizó el 27 de Diciembre. Se formaron comités de
crisis en varias Comunas y el de la Comuna 9 a instancia de
SALCES elaboró una propuesta para enfrentar estructuralmente
las consecuencias del cambio climático en Buenos Aires.
Parte de la propuesta fue generar el
programa de FORESTACIÓN PARTICIPATIVA PARA LA
SUSTENTABILIDAD URBANA, que tiene por objeto promover,
concientizar, recuperar y reforestar el arbolado público
urbano. La meta es alcanzar la implantación de un millón de
especies arbóreas, en el término de cinco años. Las 15
Comunas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por medio de
sus Juntas Comunales, y Consejos Consultivos Comunales y la
Autoridad de Aplicación de la Ley 3263, serán los
responsables de la planificación y gestión participativa, en
armonía con el Plan Maestro de Arbolado Público de la Ciudad
de Buenos Aires.
Todo nuevo árbol de la Ciudad será
apadrinado por un niño o un joven menor de 18 años y/o un
adulto mayor de 65 años y los encargados de edificios de
propiedad horizontal también serán padrinos del árbol
frentista. Los niños, jóvenes, encargados de edificios y
adultos mayores de 65 años serán reconocidos en un “Registro
de vecinos notables comprometidos con el ambiente”. Los
niños y jóvenes padrinos serán designados en las escuelas
públicas de gestión estatal y privada, para lo cual cada
niño o joven debe ser educado para producir en la escuela,
la germinación, elaboración y manejo de un plantín por año
escolar.
Cada escuela será provista de todos
los elementos necesarios por las autoridades comunales. Para
tales fines las autoridades directivas de las escuelas,
docentes y alumnos, recibirán formación por medio de
talleres e información gráfica ilustrada y audiovisual,
específica y adecuada para cada nivel.
Los docentes designados para estas
tareas continuarán con las suyas habituales y serán
seleccionados y designados previo registro voluntario en
cada establecimiento. Por la participación en el Plan de
Forestación Participativa para la Sustentabilidad Urbana
percibirán un plus salarial mensual equivalente al 10% de la
asignación básica inicial de maestro de grado. Su
implementación se realizará mediante Consejo de forestación
participativa para la sustentabilidad urbana integrado por
la Autoridad de Aplicación y tres representantes de los
Consejos Consultivos de las Comunas, Los representantes
comunales serán parte del Consejo de Planificación y Gestión
Comunal que se conforma en cada comuna, integrado por seis
miembros; un Juntista Comunal, representante de cada fuerza
política y tresmiembros electos por los respectivos Consejos
Consultivos Comunales.